El 21 de diciembre del 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, cuya entrada en vigor fue el 1° de enero de 2022, del cual se advierte lo siguiente:
Se adicionó en el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la figura de la Agencia Nacional de Aduanas de México como Órgano Administrativo Desconcentrado de la SHCP.
Se modificó el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria a fin de establecer que, para el ejercicio de las atribuciones en materia aduanera, el SAT contará con el auxilio de la Agencia Nacional de Aduanas de México, para tal efecto se modificaron y derogaron diversos preceptos en los que se hacía referencia a las Aduanas como parte del SAT.
Se precisa que en el Reglamento Interior del SAT se preserva a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, pero haciendo los ajustes para eliminar las tareas en materia aduanera que pasaron a ser facultad de la Agencia Nacional de Aduanas de México.
Otros aspectos relevantes
Las Aduanas se dividen en: Fronterizas (que serán coordinadas por la Secretaría de la Defensa Nacional), Marítimas (que serán coordinadas por la Secretaría de Marina), Interiores (que estarán a cargo directamente de la Agencia Nacional de Aduanas de México).
Se crea la Aduana del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, con sede en el Estado de México.
La facultad atinente al ejercicio de visitas domiciliarias en materia de comercio exterior, seguirá correspondiendo al Servicio de Administración Tributaria.
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